El Gobierno ha aprobado este pasado martes una limitación a las subidas de los precios de los alquileres a un máximo del 2% en el marco de su plan de respuesta al impacto de la guerra en Ucrania. Esta medida entrará en vigor a partir de mañana, viernes 1 de abril, y afectará a todos los contratos que tengan que actualizarse entre esa fecha y el 30 de junio.

Según el Gobierno, el objetivo de esta medida es limitar la subida de los alquileres en los contratos renovados durante los próximos tres meses para proporcionar un cierto desahogo a los inquilinos, frente al imparable avance de la inflación.

Este límite será del 2% cuando no haya acuerdo sobre la actualización de la renta entre las partes y, en cualquier circunstancia, en el caso de los grandes tenedores.

Esta medida evitará la aplicación del Índice de Precios al Consumo (IPC) en la actualización del alquiler, como ocurría en muchas ocasiones, al introducir como tope la variación del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), situada en el 2%. La limitación, según el Gobierno, atiende a la necesidad de que el alza de la inflación a causa de la guerra en Ucrania no se traslade a los arrendamientos y penalice a los inquilinos. ¿En qué consiste la nueva norma?

De acuerdo con la regulación aprobada este martes, el incremento de la renta del contrato será establecida en un nuevo pacto entre el arrendador y el propietario y, en caso de no alcanzar un acuerdo, la subida no podrá exceder el 2%, marcado por el IGC.

El plan para limitar la subida del alquiler al 2% no tendrá efecto retroactivo y se empezará a aplicar en abril.

En el caso de que el casero sea un gran tenedor -esto es, aquella persona física o jurídica titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados con esa misma utilización-, el incremento nunca podrá ser superior al 2%.

Por tanto, el incremento del precio del alquiler podrá ser superior al 2% cuando las partes así lo pacten, siempre y cuando el arrendatario no sea un gran tenedor. Para los pequeños propietarios prima el acuerdo entre el casero y el inquilino, sea cual sea, lo que les permite acordar una subida de renta por encima de ese porcentaje.

¿Por qué el 2%? Además de ser la variación actual del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), que marca el tope, para el Gobierno la subida del 2% es algo «razonable, sobre todo en este país, donde el 85% son pequeños arrendadores y muchos complementan así su pensión y sus gastos personales».

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Fuentes:

www.boe.es

www.20minutos.es

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