Llevamos varios meses en los que se comenta que no utilizar la mascarilla dentro de nuestro propio vehículo es sancionable. Incluso la DGT ha tenido que aclarar que estas afirmaciones son incorrectas y nos cuenta cuando hay que ponerse la mascarilla y cuando no es obligatorio. ¿Me pueden multar por no llevar la mascarilla en el coche?

En este comunicado, que la DGT ha compartido en sus redes sociales, han explicado que «el uso de la mascarilla es una cuestión de salud pública» y una medida sanitaria, en la que la DGT no tiene ninguna competencia regulatoria. Por esta misma razón, su no uso «no es una infracción de Tráfico», por lo que no es sancionable ni con multa ni con la pérdida de puntos en el carné de conducir.

https://twitter.com/DGTes/status/1379714478841987075?s=20

Si es cierto que no es necesario llevar la mascarilla dentro del vehículo si el conductor va solo o con alguno de sus convivientes pero hay que puntualizar que sí hay que llevar la mascarilla cuando se comparta coche con pasajeros que no residan en el mismo domicilio.

De igual manera, la mascarilla es de uso obligatorio en los taxis y otros transportes públicos como el metro o el autobús. Este hecho si puede ser sancionado ya que está considerado como una infracción leve y será sancionado con 100 euros de multa. Esta información está especificada en los artículos 6 y en el 31.2 de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID19.

Por tanto, según dice la ley en Real Decreto 21/2020 de Nueva Normalidad, «será obligatorio el uso de la mascarilla en transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio«

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Fuentes:

www.dgt.es

www.20minutos.es

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