Este pasado mes de Enero se ha producido algo inusual ya que ha subido el IPREM por primera vez desde 2017 y se ha revalorizado, según los PGE (Presupuestos Generales del Estado), en el 5,03% pero, ¿Qué es el IPREM?

El IPREM se creó en el año 2004 y es el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples. Este indicador sirve como referencia para conceder ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo. El Gobierno lo utiliza para calcular la revalorización de las prestaciones sociales, y sirve para determinar si la persona tiene derecho a recibirlas y su cuantía. El IPREM sustituye como referenciador para estas ayudas al SMI. (Salario Mínimo Interprofesional).

Como ya hemos comentado, el IPREM llevaba congelado desde 2017, por lo que la subida de 2021, del 5,03%, es la primera en 4 años.

De tal forma el IPREM queda en 2021 de la siguiente manera:

IPREM diario: 18,83 euros.
IPREM mensual: 564,90 euros.
IPREM anual en 12 pagas: 6778,80 euros.
IPREM anual en 14 pagas: 7908,60 euros.

De esta subida se van, sobre todo, a beneficiar las familias más vulnerables que son las que realmente necesitan la concesión de ayudas sociales así como las personas que, por desgracia en estos tiempos de «pandemia» han quedado desempleadas.

Bono Social de Luz

También hay otras ayudas en las que interviene el IPREM, como puede ser el acceso al bono social de la luz, que implica un 25% en el consumo de la misma, existen varios requisitos para ser considerado consumidor vulnerable. Cuanto más alto sea el IPREM, más opciones habrá de ser consumidor vulnerable y entrar en esta categoría.

Para serlo, tienes que tener una renta igual o inferior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas siempre que no haya ningún menor a cargo, 2 veces el IPREM de 14 pagas si hay un menor en la unidad familiar, o 2,5 veces el IPREM de 14 pagas si hay 2 menores en la unidad familiar.

La subida del IPREM afecta también a los límites para ser familia numerosa o monoparental. En el caso del primero, de la familia numerosa de categoría especial, la subida del indicador hace que el límite de rentar sea también más alto. Los ingresos anuales divididos por el número de miembros de la unidad familia no pueden superar en cómputo anual el 75% del IPREM.

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Fuentes:

www.sepg.pap.hacienda.gob.es

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