El Modelo 347 es la declaración anual de operaciones con terceras personas. Se presenta en febrero de cada año.

Esta declaración informativa tienen que presentarla todas las personas físicas (autónomos) y jurídicas (sociedades), públicas y privadas, que en el desarrollo de actividades empresariales o profesionales facturan operaciones, con independencia de su naturaleza, por un importe superior a los 3.005,06 euros, en valor absoluto; esto es, tanto en positivo como en negativo.

Por ser un modelo informativo, no supone el pago o devolución de importe alguno. Se computan de forma separada las entregas y las adquisiciones. En la declaración anual, la información se suministra desglosando las operaciones por trimestres.

Estos son los casos en los quede exento la obligación de presentar el modelo 347 de operaciones con terceros:


1.- Aquellos que no tengan domicilio fiscal, establecimiento permanente o sede de la actividad en España.


2.- Quienes hayan realizado operaciones con terceros pero las mismas no alcance los 3.005,06 euros anuales.


3.- Personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas que tributen en IRPF por el método de estimación objetiva, conocido como módulos, y paralelamente por el régimen simplificado de IVA de los regímenes simplificados, de agricultura, ganadería y pesca o recargo de equivalencia. Salvo operaciones excluidas de la aplicación de dichos regímenes o por las operaciones por las que emitan factura.

Para más información:

Asesoría El Bosque, S.L.

Calle Fernando III, 2, 28670 Villaviciosa de Odón

916169060

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